Ayuntamiento de Quintanar de la Sierra

Copia de la Ordenanza Municipal

que regula en esta villa, el reparto de los lotes vecinales de pinos y que se imprime cumpliendo acuerdo municipal de 9 de Enero de 1.951, en el deseo de entregar un ejemplar a cada vecino, al objeto de que su contenido sea profusamente conocido y cumplido en evitación de recursos, sin olvidar que es principio de derecho el que, la ignorancia de la Ley, no excusa su cumplimiento.   (Esto en la portada del librito)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

E x p o s i c i ó n

      En todos los órdenes de la vida aparece, como Ley inminente, como eficiente realidad, la Ley del Progreso y la tranquilidad de los pueblos; dentro de esta afirmación tiene perfecta cabida la reforma del Estatuto ú Ordenanzas que han regido en este municipio para el régimen y reparto de los aprovechamiento forestales que anualmente se conceden a este pueblo y que fueron aprobados por R. D. de 26 de Diciembre de 1930, por haberse podido comprobar que existen algunas deficiencias en el mismo y con el fin de establecer unas bases firmes  que exista una verdadera e íntima solidaridad de intereses, afines, para con ello constituir un ser jurídico, que integre la suma de los derechos de los pueblos, los cuales podrán así defender con más pujanza sus aspiraciones colectivas y ala vez, la reivindicación de un determinado derecho que corresponda a todos los vecinos descendientes de esta localidad, pues no de otra forma podrían remediarse los muchos conflictos que surgen para el repartimiento de los ya aludidos aprovechamientos, puesto que muchos individuos que no son descendientes de esta localidad sólo fijan la residencia en la misma con el solo fin de percibir los susodichos aprovechamientos sin ligadura de ningún género, nada más por el lucro, dando lugar con esto a grandes disgustos y perjudicando notablemente los intereses del vecindario en general y otros que, aún teniendo en principio derecho al disfrute de los mismos, se ausentan con sus familias a otros pueblos y no solicitan la baja como tales vecinos por continuar disfrutando de los referidos aprovechamientos; este estado de cosas debe desaparecer para evitar la gran pesadilla que tiene este Ayuntamiento y todos los que le sucedan, con motivo del reparto de los productos forestales de pinos, o comunales y terminar de una vez con los innumerables recursos que se entablan ante el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo que, por imperativo de la Ley se ve precisado a conceder el derecho sin poder medir ni tener en cuenta los enormes perjuicios y grandes disgusto que con ello se ocasiona a los Ayuntamientos y vecinos en general.__

      Consecuente con las anteriores consideraciones expuestas, el Ayuntamiento de Quintanar de la Sierra (Burgos), tiene el honor de dirigirse a V. E. en súplica de que se digne aprobar la Ordenanza reformada que se acompaña y que ha sido elaborada para el mejor régimen y reparto de aprovechamientos comunales, o forestales de pinos.__

     Gracia que no duda conseguir del recto proceder de V. E. cuya vida guarde Dios muchos años para bien de la Nación.__

     Quintanar de la Sierra (Burgos) para Madrid a 15 de Junio de 1948.__

 Excmo. Señor-Por el Ayuntamiento, El Alcalde, Dionisio Santamaría Blanco.__ Firmado y Rubricado._

     Hay un sello en tinta   Alcaldía de Quintanar de la Sierra (Burgos)

    


Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación.   M A D R I D

                                                                                  

Si quieres ver el texto del:

Proyecto de reforma de Ordenanza para el régimen y

reparto de aprovechamientos forestales o comunales

que anteriormente, había sido aprobada por R. O. del

Ministerio de la Gobernación de

26 de Diciembre de 1930

 

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